Lo que conviene saber antes de empezar
Qué cubre esta plataforma, qué no cubre, y por qué lo decimos abiertamente.
¿Qué es la Reválida General y quién la administra?
Es el examen que debe aprobar quien aspira a ejercer la abogacía en Puerto Rico. La administra la Junta Examinadora de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría, bajo la autoridad del Tribunal Supremo de Puerto Rico, conforme al Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría. Se ofrece dos veces al año, en marzo y en septiembre, y puede comprender 13 materias. El primer día hay dos sesiones de 92 preguntas de selección múltiple, de 3 horas y 30 minutos cada una (184 en total); el segundo, dos sesiones de 4 preguntas de discusión (8 en total).
¿Esta plataforma cubre todo el examen?
No, y preferimos decirlo de entrada: cubrimos únicamente la parte de selección múltiple. Las 8 preguntas de discusión quedan fuera de nuestro alcance, porque exigen redacción evaluada por un corrector humano y ninguna plataforma automática puede sustituir esa práctica. Es un perímetro asumido, no un olvido: aquí entrenas la mitad del examen que se puede entrenar con un banco de preguntas.
¿El 65 % es la nota de corte oficial?
No. La nota de pase oficial se expresa en puntos ajustados: según el edicto de junio de 2026, hacen falta 569 puntos ajustados, sobre una escala calibrada en la que la selección múltiple y la discusión pesan la mitad cada una. No es un porcentaje de aciertos. El 65 % que aplicamos en los simulacros es un umbral de entrenamiento propio, exigente y estable, que no debe confundirse con la nota de pase. Verifica siempre el edicto vigente de la Junta.
¿El contenido está al día con el Código Civil de 2020?
Sí, y es la razón principal por la que existe esta plataforma. La Ley 55-2020 aprobó el Código Civil de Puerto Rico de 2020, vigente desde el 28 de noviembre de 2020, que derogó el Código Civil de 1930 y renumeró todo el articulado. Buena parte del material de repaso que circula todavía cita artículos derogados: aquí el derecho de daños se explica por el art. 1536 y la responsabilidad por hecho ajeno por el art. 1540, y la reforma sucesoria de la legítima se trata de frente. El banco está redactado sobre el texto vigente en septiembre de 2026. Si una norma cambia después de esa fecha, verifica siempre la versión vigente en las fuentes oficiales.
¿El bloque de ética está al día con las Reglas de Conducta Profesional?
Sí. Desde el 1 de enero de 2026 rigen las Reglas de Conducta Profesional de Puerto Rico, aprobadas por el Tribunal Supremo en 2025 (ER-2025-02), que derogaron los Cánones de Ética Profesional de 1970; la Junta reescribió en mayo de 2026 la tabla de la materia sobre esas Reglas. Nuestro bloque de conducta profesional está escrito regla por regla sobre el texto oficial, incluidos la competencia tecnológica, los conflictos de intereses y los deberes notariales.
¿Sirve si estudié Derecho fuera de Puerto Rico?
Es precisamente para quien más lo necesita. Puerto Rico es un sistema mixto: el derecho privado conserva la estructura civilista de tradición española, mientras que el procedimiento civil y criminal, el derecho probatorio y el derecho público siguen moldes estadounidenses. Quien llega con manuales españoles se equivoca en procedimiento y evidencia; quien llega con formación estadounidense se equivoca en obligaciones, derechos reales y sucesiones. El temario está escrito para señalar esas diferencias.
¿Cómo funciona el simulacro?
Cada simulacro reproduce el formato de una de las dos sesiones de selección múltiple del primer día: 92 preguntas en 3 horas y 30 minutos, sin penalidad por respuesta incorrecta, porque en el examen solo cuentan las contestaciones correctas. Las preguntas se reparten entre los nueve bloques según su peso en nuestro banco: la Tabla de Especificaciones de la Junta enumera los temas de cada materia, pero no les asigna un peso.
¿Cubre la reválida notarial?
No en esta versión. El temario incluye los deberes notariales de las Reglas de Conducta Profesional y la Ley Notarial de Puerto Rico, Ley 75-1987, dentro del bloque de conducta profesional, porque entran en la Reválida General. Pero el examen notarial es una prueba distinta y no está cubierto como tal.
Solo hay dos sesiones al año. ¿Me conviene una suscripción mensual?
La suscripción es mensual y se cancela cuando quieras, sin permanencia. Como las sesiones son en marzo y en septiembre, la mayoría de los candidatos se suscriben durante los meses de repaso previos a su convocatoria y cancelan después. Pagas los meses que estudias, ni uno más.
¿Puedo cancelar en cualquier momento?
Sí. No hay contratos de permanencia ni penalizaciones, y conservas el acceso hasta el final del período ya pagado.
¿Esta plataforma me admite al ejercicio de la abogacía?
No. La admisión al ejercicio de la abogacía y de la notaría en Puerto Rico corresponde exclusivamente al Tribunal Supremo de Puerto Rico, a través de su Junta Examinadora. Somos un servicio privado e independiente de repaso, no afiliado al Tribunal Supremo ni a la Junta Examinadora; nuestro papel es que llegues al examen lo mejor preparado posible.